martes, 8 de marzo de 2011

Crónica de una suspensión anunciada

Si usted es de los que se preguntan ¿qué pasó? en el caso de la suspensión de la consulta ciudadana que habría de llevarse a cabo el pasado domingo 27 de febrero dentro del proceso de participación ciudadana establecido en la Ley respectiva, no está solo. Somos muchos los ciudadanos que nos hicimos este cuestionamiento.

Aunque, la verdad, la falta de cumplimiento en este sentido por parte de las autoridades encargadas es una más, aunque la más visible, de las inconsistencias y aberraciones en que está dándose, merced al atraso que tenemos en cultura y práctica democráticas, el desarrollo de la participación ciudadana en el Distrito Federal bajo la visión única de representación que establece la ley.

Parecería que se trata de un “cochinero”, pero ahora desde otra perspectiva: la manipulación arbitraria de lo dispuesto por la ley. Un desacato a modo.

Esta suspensión ilegal fue también un acontecimiento por demás anunciado. Veamos.

1. En el Capítulo XII de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, relativo a las Asambleas Ciudadanas, el Artículo 84 establece que para la aplicación del monto del presupuesto anual de las Delegaciones “destinado para que los ciudadanos decidan sobre su aplicación en las colonias correspondientes, la Asamblea Legislativa, el Jefe de Gobierno, los Jefes Delegacionales y los Comités Ciudadanos convocarán de manera coordinada a Consultas Ciudadanas para (inciso b) definir la forma en que habrán de aplicarse los recursos aprobados por la Asamblea Legislativa para tal efecto”. Mismas responsabilidades que se detallan en los Artículos 199 a 204 de la Ley bajo el rubro de Presupuesto Participativo.

Para los que aún no están familiarizados, diremos que este término se refiere al monto de entre uno y tres por ciento que las delegaciones están obligadas a destinar de su presupuesto anual para distribuirlo de manera equitativa entre el número de colonias en su demarcación y esperar a que mediante una consulta al interior de cada colonia los ciudadanos determinen en qué habrá de gastarse ese monto en su territorio, sea para “obras y servicios, infraestructura urbana y prevención del delito”, como lo dice el artículo 83 de la Ley.

2. Para este fin, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal emitió la Convocatoria a la ciudadanía para participar en una Consulta Ciudadana el domingo 27 de febrero de 2011, a fin de determinar los proyectos específicos en que se aplicaría estos recursos presupuestales en las colonias y pueblos originarios designados por la Asamblea en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2011.

3. En dicha Convocatoria, y en concordancia con los Artículos antes citados del Capítulo VIII del Título Noveno de la Ley de Participación Ciudadana, quedó establecido que:

“El jefe de gobierno del DF y los jefes delegacionales en cada demarcación territorial facilitarán los espacios necesarios para la realización de la Consulta Ciudadana además de la logística para su implementación”;

“El Jefe de Gobierno dotará a los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de materiales impresos para la difusión y desarrollo de la consulta ciudadana de acuerdo con los contenidos que proporcione el Instituto Electoral del Distrito Federal”;

“La difusión de la Convocatoria y sus resultados estará a cargo del Jefe de Gobierno del Distrito Federal y la Asamblea Legislativa, de acuerdo con los contenidos que éstos aprueben en forma conjunta con el Instituto Electoral del DF”, y que

“Los Jefes Delegacionales y los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos Originarios difundirán la convocatoria en el ámbito geográfico que les corresponda”.

Ahora, ¿dónde quedó la bolita?

4. La semana prevista para la Consulta llegó sin que hasta ese momento tuviéramos alguna noticia de por dónde andaba el proceso. La convocatoria no había pasado de las páginas de los periódicos, se desconocía la logística y los lugares de votación, los contenidos no habían sido formulados y no se contaba con materiales impresos para ser usados por los Comités Ciudadanos en su zona geográfica. Imposible pensar que se podría movilizar e interesar a la ciudadanía a acudir una vez más a votaciones. Ni manera.

5. La danza de responsabilidades institucionales y acusaciones encontradas se resumió en una palabra: no había condiciones. Verdad a medias para quien quisiera creerla como acto de fe, porque la realidad se mostró evidente: las condiciones no fueron creadas, ni en tiempo ni en forma, por las instituciones involucradas por la ley. De manera flagrante se violó la normativa.

6. En forma tardía, el miércoles 23, desde la Jefatura de Gobierno llegó a la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma a la Ley de Participación Ciudadana para posponer hasta el 27 de marzo la Consulta, apoyada por los Jefes Delegacionales provenientes del PRD, que argüía precisamente la falta de información a la ciudadanía y todas las carencias en que se encontraba el proceso precisamente por la no actuación institucional.

Asombroso. “Profe, no hice la tarea, deme más tiempo”. ¿Falta de interés? ¿O sobrados intereses?

7. La iniciativa se estancó en una votación dividida e irreconciliable de los asambleístas, pero ante el buque hundido no hubo de otra que sacarlo a flote de cualquier manera. Cubrir las apariencias, hundiendo más la credibilidad no sólo en las instituciones, sino en un proceso endeble que pretende encauzar la participación ciudadana bajo una sola visión que, por cierto, ya está haciendo agua.

Amigos, hasta hoy, la cartelera anuncia el evento para el próximo domingo 27 de marzo, veremos.

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